Entre: LEX INTELLECTA S.A.S., sociedad legalmente constituida en Colombia, identificada con NIT 900.624.527-2, con domicilio en Bogotá D.C., Carrera 22 #120-12 Apto 502 (en adelante "La Plataforma")
Y: La persona natural o jurídica que se adhiere al presente contrato mediante firma electrónica o aceptación en línea (en adelante "EL COMERCIALIZADOR").
Condición esencial: Este es un contrato por adhesión en los términos del artículo 42 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor). EL COMERCIALIZADOR declara haber leído, entendido y aceptado en su totalidad y sin reservas todas las cláusulas aquí contenidas.
EL COMERCIALIZADOR se obliga a promover, ofrecer y gestionar la contratación de los productos empresariales de La Plataforma — Plan Empresarial y Plan Entidades Vigiladas — consistentes en suscripciones anuales de servicios legales y tecnológicos para empresas y entidades sujetas a inspección y vigilancia del Estado colombiano.
La Plataforma conserva en todo momento la facultad de comercializar directamente sus productos y de contratar a otros comercializadores. El presente contrato no confiere exclusividad a favor de EL COMERCIALIZADOR.
EL COMERCIALIZADOR podrá operar en todo el territorio de la República de Colombia, sin restricción geográfica. Si EL COMERCIALIZADOR desea promover los productos fuera de Colombia, deberá obtener autorización previa y escrita de La Plataforma.
Los clientes que EL COMERCIALIZADOR presente son y seguirán siendo clientes de La Plataforma. EL COMERCIALIZADOR no adquiere derecho real, propiedad, expectativa de derecho ni participación alguna sobre la cartera de clientes gestionada. El vínculo contractual se establece directamente entre La Plataforma y el cliente final; EL COMERCIALIZADOR no es parte de ese contrato.
4.1. Condiciones acumulativas: La Plataforma pagará comisión a EL COMERCIALIZADOR únicamente cuando concurran todas las siguientes condiciones:
4.2. Concurrencia de comercializadores: Si dos o más comercializadores presentan contratos firmados por el mismo cliente, La Plataforma pagará comisión exclusivamente al comercializador cuyo contrato haya sido elegido por el cliente. En caso de duda, La Plataforma solicitará al cliente que se pronuncie por escrito, y la decisión del cliente será vinculante para todos los comercializadores involucrados.
4.3. Ventas directas de La Plataforma: Si un cliente contrata directamente con La Plataforma sin intervención de comercializador alguno, no se generará comisión a favor de terceros.
4.4. Ausencia de firma: Los contactos, cotizaciones, propuestas, hojas de términos o cualquier otro documento distinto del contrato de suscripción anual firmado por el cliente no generan derecho a comisión.
4.5. Sistema de referidos y código de seguimiento: La Plataforma asignará a EL COMERCIALIZADOR un código único de referido (tracking_code) con formato CONC-XXXX. Este código deberá ser utilizado por EL COMERCIALIZADOR en todas sus actividades de promoción. Las consultas y registros de clientes que ingresen a la plataforma utilizando el enlace de referido (https://lexintellecta.com/?ref=CONC-XXXX) serán automáticamente atribuidos a EL COMERCIALIZADOR. La Plataforma proporcionará a EL COMERCIALIZADOR acceso a un Panel de Comercializador en la ruta /conc/ donde podrá consultar en tiempo real: el número de leads referidos, el estado de cada lead en el pipeline comercial, los negocios ganados y el valor de las comisiones estimadas. EL COMERCIALIZADOR se obliga a utilizar exclusivamente su propio código de referido y a no suplantar ni interferir en la atribución de leads de otros comercializadores.
5.1. Porcentajes: La Plataforma pagará a EL COMERCIALIZADOR las siguientes comisiones calculadas sobre el valor neto anual pagado por el cliente (sin incluir IVA ni otros impuestos):
| Concepto | Porcentaje |
|---|---|
| Primer año de suscripción | 25% |
| Renovación anual (años 2, 3, etc.) | 10% |
La comisión por renovación solo se causa si EL COMERCIALIZADOR presenta la renovación firmada por el cliente con al menos quince (15) días calendario de antelación a la fecha de vencimiento del período anterior. En caso contrario, el cliente quedará bajo administración directa de La Plataforma o podrá ser asignado a otro comercializador.
5.2. Plazo de pago: La Plataforma pagará la comisión dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha en que se hayan cumplido todas las condiciones de la Cláusula 4.1.
5.3. Medio de pago: El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que EL COMERCIALIZADOR registre, previa presentación de la factura o documento equivalente que cumpla los requisitos de la DIAN.
5.4. Impuestos: Cada parte asumirá los impuestos que legalmente le correspondan. La Plataforma practicará las retenciones en la fuente a que haya lugar conforme a la normativa tributaria colombiana.
La Plataforma no reconoce terminación anticipada de los contratos de suscripción por parte de los clientes, ni reembolsa suma alguna a estos por cancelación antes del vencimiento anual. En consecuencia, EL COMERCIALIZADOR nunca estará obligado a devolver comisión alguna que haya recibido, incluso si el cliente solicita posteriormente la cancelación o el reembolso. La comisión devengada al momento del pago inicial del cliente es definitiva e irrevocable.
El contrato tendrá una duración inicial de doce (12) meses, contados desde la fecha de aceptación por adhesión. Se renovará automáticamente por períodos iguales, salvo que cualquiera de las partes manifieste por escrito su voluntad de no renovar con al menos treinta (30) días calendario de antelación a la fecha de vencimiento.
8.1. Causales de terminación: El presente contrato podrá terminar por:
8.2. Efectos de la terminación:
8.3. Clientes posteriores a la terminación: Los clientes presentados por EL COMERCIALIZADOR quedarán bajo administración exclusiva de La Plataforma, quien podrá asignarlos a otro comercializador o atenderlos directamente. EL COMERCIALIZADOR no tendrá derecho a intervención ni a retribución adicional, salvo el derecho a las comisiones ya devengadas conforme a esta cláusula.
EL COMERCIALIZADOR se obliga a:
9.1. Actuar con buena fe, transparencia y lealtad hacia La Plataforma y hacia los clientes, en los términos del artículo 871 del Código de Comercio.
9.2. Utilizar exclusivamente los materiales de venta, descripciones de productos, tarifas oficiales, presentaciones y guiones comerciales proporcionados o aprobados por escrito por La Plataforma. EL COMERCIALIZADOR no podrá modificar dichos materiales ni crear versiones no autorizadas.
9.3. No hacerse pasar por abogado de La Plataforma, no ofrecer asesoría legal directa y limitar su labor a la presentación y promoción de los productos de La Plataforma.
9.4. Informar de manera clara y verificable a cada cliente potencial que el contrato de suscripción se celebra directamente entre el cliente y La Plataforma, y que EL COMERCIALIZADOR actúa únicamente como intermediario comercial.
9.5. Cumplir con la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 en el tratamiento de los datos personales de clientes potenciales que recabe en desarrollo de este contrato. En particular:
9.6. Abstenerse de promover, ofrecer o comercializar productos de competidores directos de La Plataforma (otras plataformas jurídicas, firmas de abogados que compitan con los servicios objeto de este contrato, o cualquier servicio que La Plataforma identifique por escrito como competidor directo) durante la vigencia del presente contrato y por un período de seis (6) meses después de su terminación.
9.7. Mantener actualizados sus datos de contacto, cuenta bancaria para el pago de comisiones e información fiscal.
10.1. Todos los materiales de venta, descripciones de productos, presentaciones, marcas, logotipos, tarifas oficiales, guiones comerciales y cualquier otro recurso proporcionado por La Plataforma a EL COMERCIALIZADOR son y seguirán siendo propiedad exclusiva de La Plataforma. EL COMERCIALIZADOR recibe una licencia de uso limitada, no exclusiva, intransferible y revocable para utilizarlos únicamente durante la vigencia del contrato y para los fines previstos en el mismo.
10.2. Al término del contrato, EL COMERCIALIZADOR cesará inmediatamente el uso de todos los materiales y recursos de La Plataforma, y los devolverá o destruirá según le indique La Plataforma.
10.3. Los estudios de mercado, listados de prospectos, bases de datos de clientes potenciales y demás información comercial recopilada por EL COMERCIALIZADOR en desarrollo de este contrato constituirán propiedad compartida de las partes. Durante la vigencia del contrato, EL COMERCIALIZADOR podrá utilizarlos exclusivamente para los fines del mismo. Al término del contrato, La Plataforma tendrá derecho a conservar copia de dicha información, y EL COMERCIALIZADOR podrá conservarla para sus propios fines comerciales siempre que no infrinja las obligaciones de confidencialidad de la Cláusula 11 y la prohibición de representar competidores directos de la Cláusula 9.6.
11.1. EL COMERCIALIZADOR se obliga a no divulgar a terceros, sin autorización previa y escrita de La Plataforma, la información que conozca en virtud de este contrato relativa a:
11.2. La obligación de confidencialidad subsiste indefinidamente después de la terminación del contrato por cualquier causa.
11.3. No se considerará confidencial la información que sea de dominio público por causa no imputable a EL COMERCIALIZADOR, o que sea requerida por autoridad judicial o administrativa competente.
11.4. La violación de esta cláusula dará lugar a la terminación inmediata del contrato con justa causa y a la reclamación de los daños y perjuicios ocasionados, sin perjuicio de las acciones penales previstas en la Ley 1273 de 2009.
EL COMERCIALIZADOR actúa como contratista independiente. No existe ni se generará entre las partes vínculo laboral, subordinación, horario, prestaciones sociales, aportes parafiscales ni dependencia económica. EL COMERCIALIZADOR asume integralmente sus propias obligaciones fiscales, parafiscales y de seguridad social como trabajador independiente o como empleador de su propio personal, según corresponda. EL COMERCIALIZADOR mantendrá indemne a La Plataforma frente a cualquier reclamación laboral, fiscal o de seguridad social que pudiera surgir.
13.1. La Plataforma no será responsable por daños indirectos, lucro cesante o pérdida de oportunidad de negocio de EL COMERCIALIZADOR derivados de este contrato, salvo que medie dolo o culpa grave declarados judicialmente.
13.2. La responsabilidad total de La Plataforma frente a EL COMERCIALIZADOR, por cualquier concepto, estará limitada al valor total de las comisiones efectivamente pagadas a EL COMERCIALIZADOR durante los seis (6) meses anteriores al hecho generador de la responsabilidad.
13.3. EL COMERCIALIZADOR responderá integralmente por los perjuicios que cause a La Plataforma o a terceros por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, en particular las relativas a confidencialidad, uso indebido de datos personales y actos de competencia desleal.
Cualquier controversia, diferencia o desacuerdo que surja entre las partes con ocasión del presente contrato, incluidas las relativas a su existencia, validez, interpretación, ejecución, cumplimiento, terminación o liquidación, será resuelta mediante tribunal de arbitramento administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, de conformidad con el Reglamento de Arbitraje vigente al momento de la presentación de la solicitud. El tribunal estará integrado por un (1) árbitro designado de común acuerdo por las partes o, en su defecto, por la Cámara de Comercio de Bogotá mediante sorteo. El laudo arbitral será definitivo, vinculante y de obligatorio cumplimiento para las partes, las cuales renuncian expresamente a cualquier recurso contra el mismo, salvo los previstos en la Ley 1563 de 2012. Las partes se acogen al pacto arbitral contenido en esta cláusula como mecanismo exclusivo y excluyente de la jurisdicción ordinaria.
15.1. Todas las comunicaciones entre las partes se realizarán por correo electrónico a las direcciones que cada una registre al momento de la adhesión. Las comunicaciones se entenderán recibidas en la fecha de envío, siempre que no se reciba notificación de falla de entrega.
15.2. Cada parte es responsable de mantener actualizada su dirección de correo electrónico y de notificar a la otra cualquier cambio dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al mismo.
15.3. Las notificaciones de carácter judicial o administrativo se realizarán en la dirección física registrada en el documento de identidad o en el certificado de existencia y representación legal de cada parte.
16.1. EL COMERCIALIZADOR declara que ha leído, entendido y aceptado todas y cada una de las cláusulas del presente contrato sin reserva alguna, en particular las relativas a titularidad de los clientes (Cláusula 3), irrevocabilidad de las comisiones (Cláusula 6), prohibición de representar competidores (Cláusula 9.6), confidencialidad (Cláusula 11), naturaleza de contratista independiente (Cláusula 12) y solución de controversias (Cláusula 14).
16.2. La aceptación se perfecciona al hacer clic en "Acepto el contrato de comercialización" o al suscribir el documento físico correspondiente. La manifestación de voluntad constituye firma electrónica vinculante en los términos de la Ley 527 de 1999 y el Decreto 2364 de 2012.
Para constancia, La Plataforma emite este contrato como documento electrónico vinculante.
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LEX INTELLECTA S.A.S. — La Plataforma
(Aceptación electrónica)
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EL COMERCIALIZADOR
(Aceptación electrónica o firma física)
Este contrato se perfecciona al hacer clic en "Acepto el contrato de comercialización". La manifestación de voluntad constituye firma electrónica vinculante en los términos de la Ley 527 de 1999 y el Decreto 2364 de 2012.
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